24 de febrero de 2016

Instrucción sobre la Protección Jurídica del Menor

Sobre la aplicación del Artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
Dado que todo el personal en activo en la actualidad está obligado a aportar el correspondiente certificado y con el fin de facilitar su petición a la Administración de Justicia, caben dos posibilidades:

1. Autorización a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para que solicite el certificado.

2. Solicitud directa ante la Administración de Justicia al no autorizar a la Consejería.

El personal que no autorice a la Consejería solicitará el certificado ante la Gerencia Territorial de Justicia en Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, o telemáticamente en el enlace siguiente: Pinchar Aquí

El certificado se podrá solicitar a partir de la publicación de esta instrucción en el Portal de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha y se entregará como fecha límite el 15 de marzo de 2016.

Entre los Colectivos que mantienen contacto con menores, está incluido: "Otro Personal: Personal Laboral en centros (ATEs, Enfermeros, ATS, Personal de Cocina, comedores, entre otros) y personal en otros centros con contacto habitual con menores (personal Bibliotecas, de Residencias, entre otros)."

Os pongo el enlace al Pdf con la Instrucción Íntegra (viene en la última página la autorización a la Consejería para que solicite el certificado: Pinchar Aquí

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